Desde asesoría dbGest les informamos de que se ha abierto el plazo de solicitud de las subvenciones para el fomento de la contratación indefinida de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 2017.

 
El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de octubre de 2017, sin embargo es importante destacar que los criterios de valoración de las mismas se basarán en el orden de presentación, por lo que si se desea solicitar, lo mejor es hacerlo cuanto antes.
 

De acuerdo con el artículo 10.4 de la Orden 7/2016, el presupuesto destinado a Valencia con carácter estimativo será de 4.428.000 euros, mucho más que en años anteriores, por lo que esta vez debe llegar a la mayor parte de solicitudes

Podrá solicitar estas ayudas cualquier empresa privada o autónomo que tenga su actividad en la Comunidad Valenciana.

Trabajadores por los que se podrá pedir subvención:

  1. Personas en situación o riesgo de exclusión social, acreditados por los Servicios Sociales de cualquier administración pública.
  2. Desempleados de larga duración de 45 años o más que han extinguido su prestación contributiva, el subsidio por desempleo y llevan 12 meses o más inscritos en el SERVEF ininterrumpidamente como demandantes de empleo.
  3. Desempleados de muy larga duración.
  4. Personas mayores de 50 años.

Requisito común: Todos ellos deberán haber permanecido desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los centros SERVEF hasta su contratación.

Condiciones de la subvención:

  • Los contratos deberán ser indefinidos.
  • Deberán ser a jornada completa desde el inicio, o a tiempo parcial de un mínimo de 30 horas semanales, en ese caso se reducirá proporcionalmente la cuantía de la subvención.
  • La contratación del trabajador subvencionado deberá suponer un incremento de la plantilla en comparación con la plantilla en los 30 días naturales anteriores a la celebración del contrato, o que supusiese un mantenimiento de la misma cuando hubiera quedado vacante un puesto por baja voluntaria, despido disciplinario, discapacidad sobrevenida, jubilación o despido no declarado improcedente.

Importes de la subvención:

  • 5.944,68€ será la cuantía general.
  • 7.926,24€ si la persona contratada es mujer o padece una diversidad funcional.
  • 9.907,80€ si se trata de una víctima de violencia sobre la mujer o el trabajador padece diversidad funcional severa.

 Exclusiones:

Quedan excluidos de estas ayudas a la contratación los siguientes supuestos:

  • Los contratos que no tengan carácter indefinido o que tengan un periodo de prueba igual o superior a 12 meses. Los contratos de apoyo a emprendedores serán subvencionables si no se pacta periodo de prueba

  • Los contratos fijos discontinuos

  • Los contratos de servicio del hogar familiar.

  • Contratos a tiempo parcial de menos de 30 horas semanales.

  • Trabajadores que hubieran finalizado su relación laboral con la empresa empleadora 3 meses antes de la contratación.

  • Contratos realizados con empresas de trabajo temporal

  • Contratos con empresas que hubieran sido excluidas como beneficiarias de programas de empleo.

  • Contratos realizados por empresas sancionadas en los dos años anteriores a la presentación de la solicitud.

  • Relaciones laborales de carácter especial del articulo 2.1 del Estatuto de los Trabajadores

  • Que el trabajador tenga una relación de cónyuge, ascendiente, descendiente o demás parientes, por consanguinidad o afinidad hasta segundo grado y sus análogas en caso de parejas de hecho .

Enlace a las bases de la convocatoria

Quedamos a su disposición para cualquier aclaración o si necesitan ayuda para su tramitación aquí.

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